Termina el acta · 04/02/1563
Comienza el acta · 06/02/1563
Sábado, VI de Febrero, 1563 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Licenciado Alarcón, teniente de gobernador desta ysla y los señores Miguel Lomelin, el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos e Simón García, regidores desta ysla y el señor Licenciado Loreto fiel executor con boz e boto y entienda en este cabildo por presencia de mi, Diego de Chaves, escribano de su magestad e del cabildo desta ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.
En este ayuntamiento Sebastián de Vallejo, alguazil mayor nombró por alguazil del termino de la Puntagorda a Juan Fernández, hijo de Juan Prieto y para el uso del oficio le dio poder en forma e le fue admitido que el dicho ayuntamiento por tal alguazil del término de la Puntagorda e juró en forma de derecho de lo usar bien y fielmente y que no llevará cohechos ni derechos demasiados y que guardará las leyes del reyno y quedo de dar fianças y con esto se salió del cabildo.
En este ayuntamiento el dicho Sebastián de Vallejo nombró por alguazil de la Villa de Sant Andres a Francisco Montaña el qual fue admitido al dicho oficio y mandaron que parezca a hazer el juramento y dar las fianças que es obligado.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que porque Sebastián de Vallejo, alguazil mayor nombró por uno de los alguaziles del campo a Alonso Luis el qual no fue admitido y porque no halla persona suficiente para el dicho oficio que en el ínterin que lo busca le admitían e admiten por tiempo de tres meses primeros siguientes con que dentro dellos trayga e presente testimonio autentico de como no es casado y pasados los dichos tres meses no pueda usar mas el dicho oficio so las penas en que incurren las personas privadas que usan de oficio real de que no tiene poder e mandaron que parezca a hazer el juramento y dar las fianças que es obligado -.
En este ayuntamiento se acordó que porque el concejo desta ysla trata pleytos ante el Liceciado Morteo juez de comisión sobre la saca de cierto pan defendiendo como el con el juezdesta ysla de la juridicion e real y otras cosas que no se piden en perjuizio desta republica y para esto ay necesidad de dineros y no se pueden aver si no es creciendo alguna cosa en el trigo de Francia que de presente se vende en esta ciudad que mandaban e mandan que el dicho trigo se vende a veynte e dos reales la fanega las dos doblas dellas para Anes Vantrila y el real y ocho maravedíes para el dicho efeto lo qual cobre Beltrán de Çulnaga.
En este ayuntamiento se vido una petición en el presentada por Sebastián de Vallejo alguazil mayor en que nombra por alguazil del lugar de los Llanos a Juan del Hierro el qual fue admitido e juro en forma de derecho de lo usar bien e fielmente a todo su saber y entender sin acesion alguna e quedó de dar fianças.
Vieronse las peticiones digo algunas dellas y se proveyeron como por ellas parecerá.
(Firmas: El Licenciado Alarcón, el bachiller Francisco Espino, Simón García).
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