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1559-1567
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Facsímil

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1559-1567

[…] y le damos poder para lo usar y exercer y para cumplimiento y executar la nuestra Justicia caso que por vosotros o por alguna de - rescebido por quanto cumple a nuestro servicio que el dicho Licenciado Armenteros tenga el dicho oficio por el dicho año no embargo ante qualesquier estatutos e costumbres que cerca dellos tengáis e por esta nuestra carta mandamos a qualesquier persona o personas que tiene las – de la nuestra justicia de los dichos oficios de alcaldía y alguacilazgo de la dicha ysla que luego las den y entreguen al dicho nuestro gobernador y no usen mas dellas sin una licencia so las penas en que caen las personas privadas que usan de oficios públicos para que no tiene poder ni facultad que nos por la presente les – e avemos por suspendidos de los dichos oficios y otrosí mandamos que si el dicho nuestro gobernador entendiere que el – al nuestro servicio y a la execucion de la nuestra justicia que qualesquier caballeros e otras personas desa dicha ysla o de fuera – que a ella vinieren o en ella estén se salgan della y que no entren ni estén en ella y que se vengan a presentar ante nos que los el pueda mandar de nuestra parte y los haga della salir a los quales o a quien el mandare nos por la presente mandamos que luego sin mas requerir ni consultar sobre ello ni esperar otra nuestra – ni mandamiento y sin interponer dello apelación lo pongo – en obra según que lo el diere y mandare so las penas que les el pusiere de nuestra parte las quales nos por la presente le ponemos e avemos por puestad y por condenadas en ellas y le damos poder e facultad para las executar en los enremisos – fueren y en sus bienes e mandamos al dicho nuestro gobernador que ante todas cosas se ynforme si se a executado en que se proveyó por la residencia que se tomo a los fiadores y oficiales del capitán Cañizares de – nuestro gobernador que penúltimamente fue desa dicha ysla y lo que hallare por executar lo execute a costa del Licenciado Plaça nuestro gobernador que ahora es desa dicha ysla y le haga a cargo de la culpa que contra el resultare de la dilación que ubo en executarlo y lo ponga todo en principio de la dicha residencia y otrosí mandamos al dicho nuestro corregidor que conosca de todas las causas e negocios que estan cometidos a los nuestros corregidores y juezes de residencia sus antecesores aunque las causas e negocios que estan cometidos a los nuestros corregidores y juezes de residencia sus antecesores aunque sean de fuera de su juridición y tome los proceso en el estado en que los hallare y atento el tenor e forma de las cartas de comisión que les fueron dadas haga a la partes cumplimiento de Justicia que para ello le damos poder cumplido otrosí por esta nuestra carta mandamos a vos el dicho nuestro concejo justicia e regidores caballeros y escuderos oficiales – de la dicha ysla que hagáis dar y deys a los propios de la dicha ysla al dicho nuestro corregidor este dicho año otros tantos maravedíes como aveis acostumbrado a dar y pagar – otros corregidores que hasta aquí an sido para los quales – y cobrar de vosotros y de vosotros – en el y para hazer sobre ello todas las – posiciones y execuciones ventas fianças y remates.
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