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1559-1567
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Facsímil

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1559-1567

[…] el dicho Rodrigo Bezerra porque se – su magestad en su provisión en esta ysla tiene moneda – un juez en ella y que este sea letrado e por en toda – recibían e recibieron por alguazil mayor desta ysla a el dicho – por alcalde mayor porque en esta costumbre es – este cabildo de tiempo inmemorial a esta parte por los grandes inconvenientes que dellas – e mandaron que parezca a hazer el juramento e solenidad de alguazil mayor e a dar las fianças que es obligado e – Sebastián de Vallejo alguazil mayor desta ysla le de y entregue la vara de alguazil mayor desta ysla para que haga residencia como su magestad lo manda.
E luego fue llamado a el cabildo el dicho Rodrigo Bezerra a el qual fue notificado e hecho saber el dicho recibimiento e juró en forma de derecho de usar e que usara bien e – el oficio de alguazil mayor desta ysla e que no llevará cohechos ni derechos demasiados e que en todo e por todo guardará lo que es obligado conforme a derecho e leyes destos reynos, y quedó de dar fianças.
E luego fue llamado y entro en el cabildo Sebastián de Vallejo alguazil mayor perpetuo desta isla el qual fue notificado e hecho saber lo susodicho y se le mando que de y entregue la vara a el dicho Rodrigo Bezerra.
E luego el dicho Sebastián de Vallejo, alguazil mayor perpetuo desta isla dixo que el oficio de alguacilazgo mayor que tiene y posee es suyo y le pertenesce por merced de su magestad y cartas y sobrecartas que del tiene y es apartado de la gobernación de la dicha ysla e distinto della como consta de los recaudos que dello tiene porque vista la provisión de la gobernación que el señor licenciado Alarcón presenta de su magestad de la gobernación desta ysla por ella su magestad manda que el y sus oficiales hagan residencia por testimonio de treynta días y que por el oder que el señor gobernador le dio para ser teniente en esta ysla le manda que el tome residencia que en cumplimiento de lo que su magestad manda por el dicho termino de los dichos treynta días deponía e depuso su vara e oficio de alguacilazgo mayor en el dicho señor teniente para el dicho efeto e no para otro e protestaba e protesto pasado el dicho tiempo de la dicha residencia usar y exercer el dicho oficio conforme a las provisiones que de su magestad tiene e lo pide por testimonio y firmolo de su nombre en el auto que hizo en esta de por si, Sebastián de Vallejo.
E luego el señor teniente dixo que lo oye e que todavía entregue la vara de alguazil mayor el dicho Rodrigo Bezerra el qual dicho Sebastián de Vallejo se la dio y entrego debaxo de las protestaciones que suso tiene hechas y el dicho Rodrigo Bezerra quedo recebido por tal alguazil mayor desta ysla y el dicho señor teniente le mando entregar y además – de los alguaziles y alcaide de la cárcel.
E luego el dicho Rodrigo Bezerra alguazil mayor nombró por sus señores tenientes desta ciudad a Francisco Gómez – estantes en esta ysla.
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