Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
Vieronse ciertas peticiones y se proveyó lo que – se contiene.
Y con esto se fenescio el cabildo y lo firmaron la Justicia y dos diputados.
(Firmas: Juan de Arcaya, Guillén Lugo de Casaos, Domingo Pérez, escribano público)
En la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de señor San Miguel de La Palma, en diez y siete días del mes de henero, año del señor de mil e quinientos y sesenta y cinco años, por presencia de mi, Hernán Pérez, escribano público y del concejo desta ysla de La Palma y testigos de yuso contenidos parescieron presentes Juan Gonçalez – y Francisco Hernández – que fue de Miguel de Monteverde e dixeron que fiaban e fiaron al señor Licenciado Gaspar Gonçalez teniente de gobernador desta ysla de La Palma.
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