Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
[…] los treynta días de la ley a derecho con las personas que algo le quisieren pedir y demandar asi por cargos de la pesquisa secreta como de demandas públicas y pagara todo aquello que por – y de cada cosa dello fuere juzgado e sentenciado y si el dicho Juan Fernández de Andujar no lo cunpliere y si se fuere y ausentare que ellos como sus fiadores darán e pagaran de llano en llano todo aquello que contra el se jusgare y sentenciare y fuere obligado a cumplir e pagar así por razón del dicho oficio de alcayde de la cárcelo como de alguasil y harán por – e hara residencia y estan con el – según dicho es sin que se necesario hazer discursión de bienes ni otra diligencia alguna qualesquiera Juan Fernández de Andújar y sus bienes e para el cumplimiento dello dixeron que daban y dieron poder cumplido a la Justicia de su magestad asid esta ysla como de otras partes para que a ello le compelan e apremien como por sentencia pasada en cosa jusgada dadas en – que por ellos fue se pedida e consentida e renunziaron las leyes y derechos de que en este caso se puedan aprovechar e la ley general e la ley – de fide jusoribus como en ellas – obligaron sus personas e bienes rayzes e muebles avidos e por aver e el dichoseñor Martin lo firmo de su nombre y por que el dicho Estevan Gil dixo que no sabia firmar lo firmo uno de los testigos. Testigos que fueron presentes, Luis Pérez e Juan – e Pedro Ondarça estante en esta ysla.
(Firmas: Diego de Chaves, escribano del cabildo, Juan Lorenço, otra firma que no se identifica)
Termina el acta · 08/08/1561
Comienza el acta · 13/08/1561
Miércoles, XIII de Agosto, 1561 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Pedro de Aguilar, alcalde mayor desta ysla y los señores Baltasar de Fraga, Domingo García, Luis Horozco de Santa Cruz, bachiller Francisco Espino y Luis Álvarez y Baltasar Pérez, regidores y en presencia de mi, Pedro de Belmonte, escribano público y del cabildo de la dicha ysla.
En XIII de Agosto, 1561 años
En este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Pedro de Aguilar, alcalde mayor en esta ysla y los señores Baltasar de Fraga, Domingo García, Luis Horosco de Santa Cruz, el bachiller Francisco Espino y Luis Álvarez y Baltasar Pérez, regidores, y en presencia de mi, Pedro de Belmonte, escribano público y del cabildo de la dicha ysla.
Nota marginal (Mar.iz.: Que se tomen quenta a Antonio Gómez)
En este ayuntamiento se – mandó que se tome quenta a Antonio Gómez de la artillería y munición que a traido a su cargo de lo que se le a dado para comprar pólvora y otras cosas para la fortaleza y cometió a los señores Luis Álvarez y Baltasar Pérez, regidores que se la - y el señor Domingo García regidor asista a la dicha quenta.
En este ayuntamiento se trató como la çiudad a sido pedido de artillero a Antonio Gómez y le está mandado tomar quenta del artillería y muniçión y pólvora y otras cosas que por tanto mandava y mandan que se notifique a Juan de Monteverde, alcaide de las fortalezas que luego con toda brevedad provea de – su persona suficiente que esté en la fortaleza de Santa Catalina que sea tal qual convenga al dicho –
Leyenda de marcas
Ilegible
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Dudoso
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Soporte
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Facsímil
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Aclaración
Aclaración editorial, resumen o símbolo no transcrito.
Comienza el acta
Separador de cambio de acta dentro del folio.