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1559-1567
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Facsímil

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1559-1567

[…] Melchior Felipe y Juan Fernández de Andujar alguaziles e – señor teniente les mando dexar las varas y ellos las llevarán y entreguen a el dicho Rodrigo Bezerra y se salieron del cabildo.
E luego entraron en el dicho cabildo el dicho Francisco Geronimo e Juan de Viñatea a quien el dicho Rodrigo Bezerra a nombrado por sus lugarestenientes los quales mandaron que hagan el juramento e den las fianças que son obligados.
E luego los dichos Francisco Geronimo e Juan de Viñatea juraron en forma de derecho de usar los dichos oficios de alguaziles desta ysla bien e fielmente según e como son obligados, e quedaron de dar fianças.
E luego sus señorías les recibieron a los dichos oficios e mandaron que den fianças dentro de tercero dia primero siguiente con apercibimiento o se procederá contra ellos y se les notificó y recibieron las varas de justicia e con esto se fenescio el cabildo.
Nota aclaratoria (Firmas: licenciado Alarcón, Miguel Lomelin, Luis Álvarez y Diego de Chaves, escribano del cabildo)
Termina el acta · 25/11/1562
Comienza el acta · 27/11/1562
Viernes, XXVII de Noviembre, 1562 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor el licenciado Alarcón teniente de gobernador desta ysla y los señores bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, Baltasar Pérez, y Simón García, regidores de la dicha ysla e el señor Licenciado Loreto, fiel executor con boz e boto y entrada en este cabildo y Francisco Pérez, jurado por presencia de mi, Diego de Chaves escribano de su magestad e del cabildo desta ysla y se juntaron en la posada del dicho señor teniente.
En este ayuntamiento se mando librar a Bartolomé Morel, escribano público una dobla de propios por una provisión que gano en corte de su magestad – que los regidores no sean presos por las deudas de la ciudad.
En este ayuntamiento el señor bachiller Francisco Espino, regidor, dio razón como en la cala del trigo gastó dos mil y ochocientos y ochenta maravedíes y juró en forma en los gastos y mas pidió se libren sus señorías se los mandaron librar de los propios.
En este ayuntamiento el señor teniente dixo que porque Gómez Suárez, teniente de gobernador que fue desta ysla tiene la quenta e razón del trigo e cebada que se descargo del navío que – Canaria la tenga hasta que el dicho trigo a el – repartió como deba repartían – acabe de repartir – que se – panaderas a quien lo dixeron – deposito.
En este ayuntamiento el señor Licenciado Loreto, fiel executor dixo que el – cobro de fiel de los pesos a Juan Díaz, calderero de qual fue admitido en este cabildo y porque es persona ocupada y no fue de entender – y nombro por nuevo fiel executor de los dichos pesos.
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