En este ayuntamiento se acordó que para la compra del trigo que se – de Tenerife se envíen quatrocientas doblas a Juan Antonio Botaço y que las dozientas doblas se aseguren y las otras dozientas vayan a riesgo de la ciudad y que estén quatrocientas doblas las lleve Francisco Pérez, guarda de Garachico y alcaide se entregue a Bartolomé – para que el dicho delgado las encamine a el dicho Juan Antonio Botaço – dicho – su trabajo de lo que en ello se ocuparen.
Vieronse las peticiones que en este cabildo se presentaron y se proveyeron como por ellas paresciera.
En este ayuntamiento los señores regidores dixeron que en uno de los cabildos pasados pidieron a su merced quitase la vara a Juan de Burgos, alguazil desta ciudad por quanto Sebastián de Vallejo alguazil mayor le avia revocado el poder y su merced le mando a el dicho Burgos y le fue notificado que no usare del dicho oficio hasta que diese nuevas fianças para pareciese en el cabildo a hazer el juramento e dar las fianças que es obligado. Y el dicho Burgos a cautela apelo de lo mandado por su merced para ente los señores oydores y el señor teniente le otorgo el apelación y usa el dicho Burgos del dicho oficio de que a esta republica viene muy gran daño porque el dicho Burgos usa mal el dicho oficio y con grande escándalo de los vezinos desta ysla y estantes en ella tomándoseles las armas a oras no debidas y quando salen desta ciudad a sus haziendas y labores y quando halla en esta ciudad tres o quatro personas juntas no estando en lugares proyvidos de traer armas y haze otras muchas molestias agravios y bexaciones y malos tratamientos entrando en casas de mugeres casadas y haziendo otras cosas escandalosas en tanto que a los que an venido del campo con las procesiones que se an hecho por el agua les tomava las espadas diziendo no traer conteras de todo lo qual y de otras cosas y agravios que a hecho y haze esta republica de que ay muy gran escándalo se ofrescen a dar información quanto mas que vasya la información que tienen dada de la revocación que el dicho Sebastián de Vallejo le hizo del dicho oficio para que su merced mande executar su auto sin embargo de la apelación interpuesta por el dicho Burgos – es la causa lo requiere y en semejantes negocios que requieren celeridad y delatar dança resulta daño a la republica, sin embargo de qualquier apelación se debe cumplir y executar lo proveydo e mando en favor de la republica por tanto que piden e requieren a su merced del señor teniente que luego quiten la vara a el dicho Burgos como lo tiene proveydo sin embargo de su apelación y no lo haziendo asi desde luego apelaban y apelaron a su merced y del agravio que en esto haze a la republica para ante los muy magníficos señores oydores e lo piden por testimonio y pidieron se les de por testimonio la información y autos que en razón desto an pasado y se les recibi la que de nuevo dieren se ofresce a – presentar la con el dicho testimonio antes los dichos señores oydores para que asy que el caso hagan justicia.
E luego el dicho señor teniente respondiendo de los IlegibleEl último párrafo no ha podido interpretarse ni transcribirse.
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