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Libros
1559-1567
203 / 662

Facsímil

203

1559-1567

Termina el acta · 11/10/1562
Comienza el acta · 12/10/1562
Lunes, XII de Otubre, 1562 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor bachiller Francisco Espino, teniente de fobernador desta ysla y los señores Miguel Lomelin, Guillén Lugo de Casaos, el bachiller Juan Espino, Luis Álvarez y Baltasar Pérez y Simón García, regidores de la dicha ysla y Francisco Pérez, jurado por presencia de nos, Pedro de Belmonte e Diego de Chaves, escribanos del cabildo de la dicha ysla. E luego vino a el cabildo el señor Miguel de Monteverde, regidor.
En este ayuntamiento se vido una carta mesiva que Juan Antonio Botaço escribe a la ciudad de la ysla de Tenerife sobre que la ciudad pague lo que se resta debiendo del trigo que compro en la dicha ysla de Tenerife para el pósito desta y le mando librar lo que paresciere deberse conforme a la quenta que tiene el señor Guillén Lugo lo qual se libre del pósito y se envie en cedula si la oviere o si no en dinero y a el dicho Juan Antonio se le pague de su trabajo de responsión e corretaje a tres por ciento.
Vieronse las peticiones que en este cabildo se presentaron y se proveyeron como por ellas parecerá.
(Firmas: el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, Simón García)
Termina el acta · 12/10/1562
Comienza el acta · 14/10/1562
Miércoles, XIIII de Otubre, 1562 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor bachiller Francisco Espino, teniente de gobernador desta ysla y los señores Miguel de Monteverde, Miguel Lomelin, Guillén Lugo de Casaos, el bachiller Juan Espino, Luis Álvarez e Baltasar Pérez e Simón García, regidores de la dicha ysla, por presencia de nos, Pedro de Belmonte e Diego de Chaves del cabildo dela dicha ysla.
En este ayuntamiento los señores teniente e regidores dixeron que ellos tiene obedecidas la dichas provisión y cedula de su magestad que el dicho Licenciado Loreto presento en lo tocante a el oficio de fiel executor desta ysla y la cédula que trata de la entrada en el cabildo con boz e boto y en quanto a el cumplimiento dixeron que en quanto deben y de derecho son obligados recibían e recbieron a el dicho Licenciado Loreto a el dicho oficio de fiel executor con boz e boto y entrada en este ayuntamiento según y como la dicha provisión y cédula de su magestad suena y lo mando y para en aquellas cosas solamente en la dicha provisión y cédula conprehende se estiende y puede estender y no en mas porque en lo demás tocante a las preminencias y prerrogativas y todo lo demás ante el oficio de regidor lo ovieren por escluso y desde luego dixeron y protestaron que no lo admitían ni recebian y dellas lo avian por – y mandaron que el dicho Licenciado Loreto parezca en este cabildo a hazer el juramento que es obligado.
E luego fue llamado y entro en este cabildo el dicho Licenciado Francisco de Loreto y fue hecho saber lo proveydo e respondido a las dichas.
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