[men]sagero que ellos – que vaya persona a ello qual convenga dándoles el salario los dichos vezinos porque esta ysla no tiene dinero algunos para ello e que ellos son en que se llamen los vezinos para que se vea con lo que – darán e darán para ello y esto responde a el dicho requerimiento consistiendo en sus protestaciones ni alguna dellas.
El señor teniente mando que se execute y cumpla lo acordado e botado por los señores regidores y con esto se fenescio el cabildo.
(Firmas: Licenciado Alarcón, Miguel Lomelin, Luis Horozco de Santa Cruz, Diego de Chaves, escribano del cabildo)
Termina el acta · 12/02/1564
Comienza el acta · 21/02/1564
Lunes, XXI de Febrero, 1564 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Licenciado Alarcón, teniente de gobernador desta ysla y los señores Miguel Lomelin, el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, Baltasar Pérez e Simón García e Nicolas Ortes, regidores de la dicha ysla y el Licenciado Loreto, fiel esecutor con boz e boto y entrada en el cabildo por presencia de mi, Diego de Chaves, escribano de su magestad e del cabildo de la dicha ysla y se juntaron en la posada del señor teniente.
Nota marginal (Margen izquierdo: En este día por boz de Juan Cano pregonero se pregono esta hordenança en la plaça del puerto, testigos – y Miguel Lomelin y – Señorino y otros.
Nota marginal Este día se pregono en la calle de la posada del señor teniente, testigos Agustin Lopez, - Antonio Gonçalez.
Nota marginal Este día se pregono en la plaça publica siendo – y Juan Fernandez de Andujar y Francisco de Benavente.
Nota marginal A pregonar en este día en la asomada testigos Cristobal Carrillo -, y Gaspar Francisco e otros).
En este ayuntamiento los señores Justicia y regidores dixeron que porque a esta isla procura traer de fuera della perdices viñas para que crien en esta isla por no las aver en ella hasta ahora y ayer se soltaron en el barranco de Santa Luzia diez perdizes machos y hembras y demas desto se tiene noticia que au otras en el termino de la Puntallana y porque conviene para que se aumenten que no se maten ni cacen hordenan y mandan que ninguna persona de qualquier calidad que sea no sean osados de matar ni caçar las dichas perdizes asi las que ay a el presente en esta ysla como las que se echaren de aquí adelante en ninguna manera so pena de seis mil maravedíes repartidos conforme a las prematicas destos reynos y de destierro desta ysla y si fuere persona de baxa calidad el señor teniente le pone pena de cien açotes y que esto se pregone públicamente y se envie a notificar a el lugar de la Puntallana porque venga a noticia de todos.
En este ayuntamiento se acordó que para los enfermos se traygan esta quaresma treynta carneros de la caldera y se de mandamiento para que los trayga Simón de Olivera y que la libra se venda a treynta maravedíes la libra por razón de los costos que an de hazer.
En este ayuntamiento se mandaron librar de propios al señor teniente quatro doblas por las perdizes que hizo traer de Canaria vivas para echar en esta ysla y – que hizieron.
En este ayuntamiento nombraron por velar en el oficio de toneleros a – con - e mandaron que haga el juramento que es obligado.
E luego vinieron a el cabildo los señores Luis Horozco de Santa Cruz e Luis Álvarez, regidores.
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