Lunes, XXII de Abril de 1560 años
Este día se juntaron a cabildo el magistrado señor doctor Antonio de Troya Sañudo, teniente de gobernador en esta dicha ysla, y Domingo García, y Luis Horozco de Santa Cruz, y el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, el bachiller Juan Espino, regidores de la dicha ysla, por presencia de nos, Pedro de Belmonte y Diego de Chaves, escribanos del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.
En este ayuntamiento se vidó una carta que el licenciado Palomares escribe a la ciudad sobre lo del beneficio en que avisa como Antonio de Eraso a – el beneficio en esta ysla, y por que antes de ahora lo a escrito el dicho Antonio de Eraso, y sobre ello se le a respondido. Se acordó que se sobresea hasta que el dicho Eraso responda.
En este ayuntamiento se acordó que las rentas de la ciudad se rematen aviendo que demás por ellas del preçio que están para el domingo primero, y se prometa el tercio o la mitad de lo que se pujare, y que con el señor teniente se hallen presentes los diputados.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que porque en esta ciudad e ysla ay necesidad de un medico para curar los enfermos que ay e oviere, y de presente está en esta ysla el Licenciado Sotomayor, médico y cirujano, el qual por una petición que presentó en este Ayuntamiento, se ofresció de servir en esta ciudad, y se cometió a los señores Luis Horozco de Santa Cruz y el bachiller Francisco Espino que le hablasen y concertasen con él que queriendo estar en esta ysla tiempo de un año se le darán cinquenta doblas con que si a la ciudad le pareciere cumplido el dicho año que el dicho Licenciado Sotomayor esté más tiempo fuese obligado a servir por el dicho preçio, y los dichos señores regidores dan razón como an hablado a el dicho Licenciado Sotomayor, y el lo a vido por bien. Que mandaban e mandan que se llame a este cabildo el dicho licenciado y se haga con el el asiento.
E luego fue llamado a este cabildo por el portero del el dicho Licenciado Sotomayor, con el qual se trató y comunicó lo susodicho, y el lo [acetó] e ovo por bien y se obligo de servir a la ciudad tiempo de [un año] primero siguiente de médico e cirujano por las dichas cinquenta [doblas] que se le asientan de salario, e que no se yrá ni ausentará [durante] el dicho tiempo desta ysla, e si cumplido el dicho año – pareciere que el sirva y este más tiempo lo estará e – le fuere mandado a el dicho respeto de cinquenta doblas por año e para – ansy lo cumplirá so pena de perder el salario si no lo cumpliere e se fuere desta ysla sin consentimiento de la ciudad, para ello obligados – persona e bien e avidos e por aver, e lo firmó de su nombre, y sus señorías lo ovo por bien.
(Firma del bachiller Sotomayor)
E luego se salió del cabildo el señor Luis Horozco de Santa Cruz, regidor.
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