E del dicho poder el dicho Licenciado Ruiz dixo que para el – el dicho señor gobernador para ser su teniente en esta ysla pidió se – el dicho oficio que el esta presto de hazer el juramento y de dar las fianças que es obligado.
Los señores teniente e regidores aviendo visto el dicho poder por ser bastante dixeron que recibían e recibieron por testiene de gobernador desta ysla a el dicho Licenciado Ruiz y mandaron que haga el juramento que es obligado y hecho se le entregue la vara de la justicia.
E luego el dicho Licenciado Ruiz juró en forma de derecho de usar e que usara el dicho oficio de teniente de gobernador desta ysla bien e fielmente guardando el servicio de dios nuestro señor y el de su magestad y que no llevará cohechos ni derechos demasiados y guardará los previlegios e buenas costumbres desta ysla e quedo de dar fianças.
E luego el dicho señor Miguel Lomelin teniente dio y entregó la vara de justicia a el dicho Licenciado Ruiz el qual la recibió y se presento en la silla donde se suele sentar la Justicia quando se haze cabildo y ansi quedo recebido por tal teniente de gobernador desta ysla en nombre del dicho señor gobernador.
E luego vinieron a el cabildo los señores Luis Horozco de Santa Cruz e Simón García, regidor.
Vieronse las peticiones que se presentaron en este cabildo y se proveyeron como por ellas pareciera.
(Firmas: Licenciado Ruiz, Miguel Lomelin, Luis Horozco de Santa Cruz).
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