Cuadros de cabildo

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Cuadros
Martes 12/11/1560
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Martes 12/11/1560

ACTA_00148 · 1559-1567

Martes, doze de noviembre de 1560 años
Este día se juntaron a cabildo el magistrado señor doctor Troya Sañudo, teniente de gobernador desta ysla, y los señores Baltasar de Fraga, Domingo García, Luis Horozco de Santa Cruz, Guillén Lugo de Casaos, regidores de la dicha ysla, por presencia de nos, Pedro de Belmonte y Diego de Chaves, escribanos del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que porque esta ciudad tiene muy gran necesidad de pan y tanta que no se halla a comprar a ningún preçio en toda la ysla y de próximo no se puede proveer de otra parte mas comodamente que de la ysla de Tenerife y para ello conviene enviar persona que vaya a la dicha ysla a lo hazer traer y comprar y lo tratar con el señor – y regidores de la dicha ysla de Tenerife y sea tratado y platicado que vaya a ello Pedro de Aguilar, alguazil mayor desta ysla, que mandaban e mandan que se llame a este cabildo el dicho Pedro de Aguilar, alguazil mayor, e queriendo acetar la jornada se le de ynstrución e vaya a hacerla y que ello se ocupe quinze o veinte días y por ello vaya e lleve diez reales cada un día pagados del pósito.
E luego se llamo y entro en este cabildo el dicho Pedro de Aguilar que a el fue llamado y se le notificó e hizo saber lo susodicho y el aceptó la jornada y se cometió a el señor Luis Horozco, regidor, que haga la instrucción y escriba a Juan Antonio Botaço.
Otrosí se acordó que se escriba sobre lo susodicho a el señor gobernador.
Otrosí se acordó que la comisión que a de llevar el dicho Pedro de Aguilar sea esta que pueda contratar hasta dos mile fanegas de trigo mile por quenta desta ysla y otras mile queriéndolas enviar el cabildo de la ysla de Tenerife se les dará costales y granel en que este el trigo – de derechos y se le dará todo favor y se venda a el preçio que pudiere y trayéndolo otra qualquier persona se le dara la misma libertad de lo demás que de suso se contiene por esta vez y el trigo que comprare por esta ysla procure que sea a el más baxo preçio que se pueda con tanto que no suba de ocho reales nuevos por fanega puesto alla y si la paga quisieren en letra para Castilla se les dará, y si no envie aviso luego a la ciudad para que se provean dineros y que el entretanto cargue todo el trigo que pudiere.
Otrosí se acordó que porque más brevemente venga el trigo que el señor Domingo García escriba a Juan Antonio Botaço acreditando la ciudad hasta en cantidad de trezientos o quatrocientas fanegas de trigo para que comprándolas y abiendo de venir se cumplirá la paga dellas y que todo se entiende que el trigo que se comprare a de ser con saca y no de otra manera.
En este ayuntamiento sus señorías mandaron que porque ay falta de vino añejo y no se hace que se venda vino nuevo y lo pongan los diputados como les paresciere.
E luego sus señorías acordaron que se de poder a el dicho Pedro de Aguilar y a Juan Antonio Botaço a ambos juntamente para que puedan contratar el dicho trigo conforme a la ynstrución el qual poder es el que se sigue.
Sepan quantos esta carta vieren como nos
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Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
Y a la carta en la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de La Palma, estando en nuestro cabildo e ayuntamiento martes doze días del mes de noviembre, año del señor de mile e quinientos y sesenta años, y lo firmamos de nuestros nombres en el registro, lo qual otorgamos ante Pedro de Belmonte e Diego de Chaves, escribanos del cabildo, testigos fueron presetnes a lo que dicho es, Juan Gonçalez, portero del cabildo, e Jorge Gonçalez e Luis de Lugo, párroco, vezinos desta dicha ysla.
(Firmas: el doctor Troya Sañudo, Baltasar de Fraga, Domingo García, Luis Horozco de Santa Cruz, Guillén Lugo de Casaos)
En este ayuntamiento se acordó que porque porque Sic algunas personas an comprado vizcocho para lo revender que se de mandamiento para las personas que lo an comprado y se les saque de poder y se venda y de a los vezinos por el tanto.
Vieronse las peticiones que en este cabildo se presentaron y se proveyeron como por ellas paresciera.
(Firmas: tres firmas sin identificar)
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