Lunes, XXIIII de Março, 1561 años (24/3/1561)
Este día se juntaron a cabildo el magistrado señor Pedro de Aguilar, alcalde mayor desta ysla, y los señores Baltasar de Fraga, Miguel Lomelin, el bachiller Francisco Espino, el bachiller Juan Espino y Luis Álvarez, regidores de la dicha ysla, por presencia de nos, Pedro de Belmonte y Diego de Chaves, escribanos del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del dicho señor alcalde mayor.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que por que Diego de Santa Cruz uno de los fieles del almoxarifazgo desta ysla – y por razón desto no lo usa a el presente que mandaban e mandan que asista a la fieldad del dicho almoxarifazgo juntamente a Julián de Estrada, Luis Vendaval, vezinos desta ysla hasta que otra cosa se provea y cobre lo que cayere del dicho almoxarifazgo y lo – hasta aquí y lo que tuviere cobrado el dicho Diego de Santa Cruz este presente año de sesenta e uno y que esto se le notifique.
E luego fue llamado e vino a el cabildo el dicho Luis Vendaval a quien fue notificado lo susodicho y el lo aceptó e juro en forma de derecho de lo usar e hazer bien y fielmente sin acesión ni afición alguno a todo su leal saber y entender.
En este ayuntamiento se acordó que las cien fanegas de trigo que vinieron de la ysla de Tenerife para el pósito desta ysla se vendan a quinze reales la fanega y se de a panaderas y no a otras personas ningunas y se haga experiencia de un – para saber el peso que a de tener y se comete a el señor Miguel Lomelin que haga hazer la dicha experiencia.
En este ayuntamiento se acordó que la renta de la pez se remate para mañana dixo que se aperciba que el Domingo se a de rematar y se pueda dar prometido el qual paresciere a la Justicia y caballeros que se hallaren a las rentas.
En este ayuntamiento se acordó que de la dehesa de la caldera se traygan ciento y cinquenta carneros de particulares y se pregone públicamente para que los vezinos lo sepan.
En este ayuntamiento se acordó que de las bodegas que ay en esta ciudad se procure vino para vender y que se notifique que a los taberneros desta ciudad que vendan vino y lo den a todos los que lo pidieren so pena de cada mile maravedíes repartidos conforme a las hordenanças.
Vieronse las peticiones y se proveyeron como por ellas paresciera.
(Firmas: Pedro de Aguilar, Miguel Lomelin, Luis Álvarez)
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