En este ayuntamiento se acordó que Tome Yanes de la Calle – ysla de Tenerife a traer las mil fanegas de trigo que le fue – para esta ysla a riesgo de la ciudad que se le de ynstrucion de que el trigo se a de recebir y se obligue por la ciudad a la paga del trigo por todo el mes de agosto primero venidero deste año y se comete a el señor Guillén Lugo que haga la ynstrucion y escriba a Pedro de – respuesta de una que escribió a la ciudad oy dicho día.
Otrosí se acordó que el dicho Tome Yanes traiga la polvora – comprada en Tenerife para la ciudad y se libre el dinero que – fuere menester de ynpusiciones y que el dicho Tome Yanes – le de salario lo que se le dio la otra jornada que hizo a la dicha ysla de Tenerife a traer trigo.
Otrosí se le da comisión a el dicho Tome Yanes para que pueda fletar navio para traer el trigo a el menos precio que se pueda.
En este cabildo se acordó que la jornada que avia de yr a hazer Tome Yanes de la Calle la haga y vaya a hazer derecho de – escribano deste cabildo y que asimesmo vaya a la cobrança contra Simón de Valdes y se le de ynstrucion dello.
Acordose que se haga ynformacion de la necesidad de pan que ay en la ysla para que suplique a su magestad haga merced a esta ysla de veynte mil fanegas de hazer para esta ysla desde Castilla.
Vieronse ciertas peticiones y se proveyó por ellas las que ellas parecerá e con esto se fenescio el dicho cabildo y lo firmaron el señor teniente y los señores diputados.
Otrosí se acordó que se libre el salario del procurador de cortes.
(Firmas: Licenciado Alarcón, Balthasar Pérez, Simón García, Hernán Pérez, escribano público y del cabildo).
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