Sábado, XII de Junio, 1563 años
Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Licenciado Alarcón, teniente de gobernador desta ysla y los señores Luis Horozco de Santa Cruz, Luis Álvarez e Baltasar Pérez e Simón García, regidores de la dicha ysla por presencia de mi, Diego de Chaves, escribano de su magestad e del cabildo de la dicha ysla e se juntaron e la posada del dicho señor teniente.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que por que esta ysla tiene en corte negocios de ynportancia especialmente el del almoxarifazgo y tienen sospecha que Simón de Valdes o parte por el para hazer daño a esta ysla a enviado a echar la puja del quarto en la dicha renta acordaron se de y que envie poder a Antonio deQuintela o a Diego de Santa Olalla para que contradigan la dicha puja del quarto y alegare las causas de la contradicion y caso que se le admita pedir en la ysla sea requerida por que si la quisiere por el tanto la dicha renta la pueda tomar y el poder que se acordó dar es el que se sigue:
Sepan quantos esta carta vieren como nos el concejo justicia e regimiento desta ysla de La Palma es a saber el Licenciado Luis de Alarcón, teniente de gobernador en esta ysla de La Palma por el muy magnífico señor Licenciado Armenteros gobernador desta ysla e de la de Tenerife por su magestad e Luis Horozco de Santa Cruz, Luis Álvarez e Baltasar Pérez e Simón García, regidores de la dicha ysla estando juntos e ayuntados en nuestro cabildo e ayuntamiento según que lo avemos de uso y de costumbre otorgamos y conoscemos por esta presente carta que en nuestro nombre e del cabildo desta ysla e republica dela damos y otorgamos todo nuestro poder cumplido bastante libre e llenero según lo tenemos e de derechos lo podemos dar e otorgar a Antonio de Quintela e Diego de Santa Olalla, solicitadores en corte de su magestad que son ausentes como si fueren presentes e a cada uno e qualquier dellos por si ynsolidum especialmente para que en nombre desta dicho concejo e republica puedan parescer y parezcan ante su magestad real del rey don Felipe nuestro señor y ante los señores e del su consejo de contadores e ante quien e con derecho puedan e deban y contradecir qualquier puja del quanto y otra qualquier puja que se haga o hiziere o obiere hecho en las renta del almoxarifazgo desta ysla asi por parte de Simón de Valdes como de otra qualquier persona o personas y – causas de la tal contradicion contando en razón dello qualesquier testimonio probanças escrituras pedimientos e requerimientos y todo lo demas que deba ser hecho e presentado que en el derecho deste concejo convengan si la dicha puja del quarto e otro qualquier fuere admitido o se admitiere pedir e suplicar a su magestad sea servido de guardar – sea requerida para que si quisiere las – en que fueren reportadas -.
Leyenda de marcas
Ilegible
Texto perdido, ilegible, laguna o ausencia material.
Dudoso
Lectura dudosa, alternativa o indicación sic.
Soporte
Daño físico del documento o problema de imagen.
Facsímil
Foliación, margen, firma, interlineado o continuidad.
Aclaración
Aclaración editorial, resumen o símbolo no transcrito.