Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
E luego sus mercedes, vista la dicha declaración y los testimonios presentados por el dicho Baltasar Pérez dixeron que obedescian e obedescieron la dicha provisión real de su magestad según y como en ella se contiene en su cumplimiento mandaban y mandan que se a recividio a el oficio de regidor desta usla con que haga el juramento obligado y que se llame y entre en este cabildo.
E luego fue llamado y entro en el dicho cabildo el dicho Baltasar Pérez a el que fue notificado lo susodicho, y juró en forma de derecho de usar bien y fielmente el dicho oficio de regidor desta ysla, guardando el servicio de dios nuestro señor y el de su magestad y el secreto del cabildo y todo lo demás que conforme a derechos e leyes destos reynos es obligado a cumplir so pena de perjuro.
E luego fue recibido a el dicho oficio de regidor desta ysla el dicho Baltasar Pérez a el qual en señal de posesión mandaron que se siente en uno de los escaños que estan donde se haze cabildo y se sientan los señores regidores por su antigüedad el qual se sento en uno de los dichos escaños y estando ansy se tuvo por amparado en la posesión del dicho oficio e lo pidió por testimonio.
En este ayuntamiento se nombraron por diputados para la diputación del pueblo a los señores Luis Álvarez y Baltasar Pérez, regidores, los quales lo aceptaron e juraron en forma de lo usar bien e fielmente e con esto se feneció este cabildo.
(Firmas: el doctor Troya Sañudo, Luis Álvarez, Baltasar Pérez, Diego de Chaves, escribano del cabildo).
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