Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
Sus señorías mandaron – que su magestad haziendole saber la muerte del señor gobernador para que su magestad provea lo que a su real servicio convenga.
En este ayuntamiento Marcos Hernández y Hernán Báez pedreros que se fueron llamados dixeron que en el dicho Marcos Hernández fue recibido el adobío del camino que va desde esta ciudad hasta la subida de Tenagua, y barranco de Santa Luzia a cierto prezio de maravedíes, y porque a el tiempo que se le remate el dicho camino avia agua y al presente no la ay y les sea muy gran trabajo, oviesen de llevar agua de la ciudad. Que piden a sus señorías les den alguna ayuda de costa además del salario y dándole dineros pondrán luego mando en el reparo del dicho camino.
Nota marginal (Margen izquierdo: Y lo proveído)
Sus señorías mandaron que se les den diez doblas para començar a reparar el dicho camino y que las tres dellas se les den para – de costa. Y las otras siete a quenta de lo que se les de donde el adobío del dicho camino y se les paguen de propios. Y con esto mandaron salir del cabildo a los susodichos e se salieron.
En este ayuntamiento Julián de Estrada dixo que para la obra del terrepleno no ay dineros. Pidió se provean dineros para la dicha obra.
Nota marginal (Margen izquierdo: Cien doblas se libren para el terrepleno)
Sus señorías mandaron que se libren cien doblas del almoxarifazgo para la dicha obra que lo qual el señor bachiller Juan Espino antes pidió e requirió como – pedido no se libren sino se cobren el repartimiento – para la dicha obra.
En este ayuntamiento, el señor Lugo de Casaos dixo que le fue cometido viese e hiziese pesar un pasamuro que se – ante Antonio Gomez, artillero, para hazer clavos para la obra del terrepleno, y quel lo hizo pesar, y peso dos quintales y quatro libras. Que sus señorías vean el preçio a como se le a de – pagar por el para que lo pague.
Sus señorías mandaron que el dicho Antonio Gómez pague a veynte y cinco reales por quintal del dicho hierro y que se le desquenten del salario que la ciudad le debe.
En este ayuntamiento, el señor Lugo de Casaos, regidor, dixo que a su noticia es venido que siendo el diputado de la visita e negocios de Yndias y aviendo acordado que no fuese por maestre un pasagero en la carabela del Dotor Pineda que va a Yndias por no ser ábil ni saber cosa alguna de la navegación, los señores teniente y Luis Horozco de Santa Cruz, regidor, lo despacharon. Por tanto que pide e requiere a los señores teniente e regidores que el dicho pasagero no pase ni vaya por maestre de la dicha caravela atento que no es ábil para ello, y lo pidió por testimonio, e pidió a mi el escribano ponga que el – del dicho Dotor Pineda un traslado deste su requerimiento para dello consta.
Sus señorías dixeron que se comete a los señores teniente y diputados que lo vean y provean lo que convenga.
En este ayuntamiento sus señorías nombraron por diputados de los negocios y despachos de las Yndias a los señores Guillén Lugo de Casaos y el bachiller Juan Espino, regidores, los quales – que lo aceten y hagan el juramento -.
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