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1559-1567
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Facsímil

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1559-1567

Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
El señor teniente dixo que su merced está justamente ynpedido a las cosas tocantes a la gobernación desta ysla por la razón de lo qual el no puede yr ni pasar de presente a la dicha ysla de La Gomera. A cumplido – en la dicha provisión real que en la dicha provisión el traiga a este cabildo ese nombre de un caballero del que vaya a lo cumplir, y su merced le dará su poder para ello.
En este ayuntamiento sus señorías mandaron librar a Julián de Estrada cien doblas del almoxarifazgo de la obra deste terrepleno en lo qual no fue el señor bachiller Juan Espino, regidor.
En este ayuntamiento el señor bachiller Juan Espino regidor dixo que porque como es notoria por la bondad de dios nuestro señor ay pazes entre su magestad y el rey de Francia, y la ynposiciones se deben – de quitar que pide y requiere a susodicha manden quitar las dichas ynposiciones donde no protesta que no sea a su cargo, y lo pide por testimonio.
Sus señorías dixeron que porque la ciudad por necesidad que tuvo para cosas de la guerra por la renta de la ynposición ser poca se an tomado muchos dineros prestados para devolver de la dicha ynposición y hasta ahora no se an vuelto los dichos maravedíes, que pagados sean de las dichas ynposiciones se quitarán y desde luego se mandan quitar.
En este ayuntamiento el señor Miguel de Monteverde pidió se le den tres cahizes de cal de que tiene necesidad.
Sus señorías mandaron se le den dos cahizes de cal, pagando por ellos a veynte y ocho doblas a Julián de Estrada. Digo tres cahizes.
En este ayuntamiento los señores regidores dixeron que piden e requieren al señor teniente de fianças por el uso del oficio – que las tiene dadas como es obligado después que fallesció el señor gobernador acá y lo mesmo – a los alguaziles desta ysla las den. Y que entre tanto que no las dieron no usen ni les consienta usar los oficios.
El señor teniente dixo a sus mercedes que está presto de dar fianças, y que se notifique a los alguaziles que las den para el próximo cabildo, so pena de suspensión de oficios.
En este ayuntamiento el señor Domingo García pidió se le den dos cahizes de cal, y se le mandaron dar.
E vieronse las peticiones y se proveyeron.
(Firmas).
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