Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
[…] y cosas al dicho oficio pertenescientes según e como lo an hecho y usado los otros que han sido veedores del dicho oficio y lleven los derechos y salario que por razón de ello debieren aver que para ello e cada una cosa e parte de ello se les poder e facultad tan bastante como de derecho se requiere e mandaron que parezcan a hazer el juramento que son obligados.
} Nombramiento de veedores del oficio de pedreros En este ayuntamiento se nombraron por veedores del oficio de pedreros a Francisco , González y Juan González, pedreros, vezinos desta ysla de La Palma para que usando del dicho cargo este presente año puedan esaminar a las personas que del dicho cargo se quisieren esaminar en esta ysla siendo ábiles y suficientes para ello y ver y vean y visiten las obras que los oficiales del dicho oficio hizieren e si hallaren que en ellas ay alguna falta y fraude lo manifiesten y declaren a la Justicia para que lo hagan proveer y remediar y castiguen a los culpados y para que puedan usar el dicho oficio de veedores que todos los casos y cosas tocantes a el dicho oficio según y como lo an hecho y usado los otros que an sido veedores del dicho oficio, y le den los derechos y salarios que por razón de ello debieren aver que para ello e cada una cosa e parte dello se les da poder e facultad tan bastante como de derecho se requiere, y mandaron que parezcan a hazer el juramento que son obligados ante el señor teniente.
En este ayuntamiento se nombraron por veedores del oficio de calceteros a Pedro de – y Juan López, calceteros, vezinos desta ysla de La Palma para que usando del dicho cargo este presente año puedan esaminar a las personas que del dicho cargo se quisieren esaminar en esta ysla siendo ábiles y suficientes para ello y ver y vean y visiten las obras que los oficiales del dicho oficio hizieren e si hallaren que en ellas ay alguna falta y fraude lo manifiesten y declaren a la Justicia para que lo hagan proveer y remediar y castigue a los culpados y para que puedan usar el dicho oficio de veedores que todos los casos y cosas tocantes a el dicho oficio según y como lo an hecho y usado los otros que an sido veedores del dicho oficio, y le den los derechos y salarios que por razón de ello debieren a ver que para ello e cada una cosa e parte dello se les da poder facultad tan bastante como de derecho se requiere, y mandaron que parezcan a hazer el juramento que son obligados.
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