Termina el acta · 08/11/1560
Comienza el acta · 12/11/1560
Martes, doze de noviembre de 1560 años
Este día se juntaron a cabildo el magistrado señor doctor Troya Sañudo, teniente de gobernador desta ysla, y los señores Baltasar de Fraga, Domingo García, Luis Horozco de Santa Cruz, Guillén Lugo de Casaos, regidores de la dicha ysla, por presencia de nos, Pedro de Belmonte y Diego de Chaves, escribanos del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.
En este ayuntamiento sus señorías dixeron que porque esta ciudad tiene muy gran necesidad de pan y tanta que no se halla a comprar a ningún preçio en toda la ysla y de próximo no se puede proveer de otra parte mas comodamente que de la ysla de Tenerife y para ello conviene enviar persona que vaya a la dicha ysla a lo hazer traer y comprar y lo tratar con el señor – y regidores de la dicha ysla de Tenerife y sea tratado y platicado que vaya a ello Pedro de Aguilar, alguazil mayor desta ysla, que mandaban e mandan que se llame a este cabildo el dicho Pedro de Aguilar, alguazil mayor, e queriendo acetar la jornada se le de ynstrución e vaya a hacerla y que ello se ocupe quinze o veinte días y por ello vaya e lleve diez reales cada un día pagados del pósito.
E luego se llamo y entro en este cabildo el dicho Pedro de Aguilar que a el fue llamado y se le notificó e hizo saber lo susodicho y el aceptó la jornada y se cometió a el señor Luis Horozco, regidor, que haga la instrucción y escriba a Juan Antonio Botaço.
Otrosí se acordó que se escriba sobre lo susodicho a el señor gobernador.
Otrosí se acordó que la comisión que a de llevar el dicho Pedro de Aguilar sea esta que pueda contratar hasta dos mile fanegas de trigo mile por quenta desta ysla y otras mile queriéndolas enviar el cabildo de la ysla de Tenerife se les dará costales y granel en que este el trigo – de derechos y se le dará todo favor y se venda a el preçio que pudiere y trayéndolo otra qualquier persona se le dara la misma libertad de lo demás que de suso se contiene por esta vez y el trigo que comprare por esta ysla procure que sea a el más baxo preçio que se pueda con tanto que no suba de ocho reales nuevos por fanega puesto alla y si la paga quisieren en letra para Castilla se les dará, y si no envie aviso luego a la ciudad para que se provean dineros y que el entretanto cargue todo el trigo que pudiere.
Otrosí se acordó que porque más brevemente venga el trigo que el señor Domingo García escriba a Juan Antonio Botaço acreditando la ciudad hasta en cantidad de trezientos o quatrocientas fanegas de trigo para que comprándolas y abiendo de venir se cumplirá la paga dellas y que todo se entiende que el trigo que se comprare a de ser con saca y no de otra manera.
En este ayuntamiento sus señorías mandaron que porque ay falta de vino añejo y no se hace que se venda vino nuevo y lo pongan los diputados como les paresciere.
E luego sus señorías acordaron que se de poder a el dicho Pedro de Aguilar y a Juan Antonio Botaço a ambos juntamente para que puedan contratar el dicho trigo conforme a la ynstrución el qual poder es el que se sigue.
Sepan quantos esta carta vieren como nos
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