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1559-1567
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Facsímil

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1559-1567

Nota aclaratoria (El primer párrafo no se ha podido transcribir por su estado de conservación)
Nota marginal (Margen izquierdo: Peticiones)
E viéronse las peticiones que a este cabildo se presentaron, e se proveyeron como por ellas pareciera.
(Firmas)
Termina el acta · 13/05/1559
Comienza el acta · 17/05/1559
Miércoles, XVII de Mayo de 1559
En este día se juntaron a cabildo el magistrado señor bachiller Maldonado, teniente de gobernador desta ysla y en lugar y por el muy magistrado señor el capitán Cañizares, gobernador e justicia mayor desta ysla y de la de Tenerife por su magestad, e Domingo García e Miguel de Monteverde, e Miguel Lomelin y el bachiller Francisco Espino e Guillén Lugo de Casaos, y el bachiller Juan Espino, regidores de la dicha ysla. Y por presencia de nos, Pedro de Belmonte y Diego de Chaves, escribanos de su magestad y del cabildo desta ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.
En este ayuntamiento pareció Luis Méndez, regidor Desta ysla, y presentó una carta rreal de su magestad firmado de la serenísima princesa doña Juana, gobernadora destos reynos, y rrefrendada de Juan Bázquez, con ciertas señales a las espaldas según por ella pareze su tenor de la qual es este que se sigue.
EL REY
Concejo, justicia y regidores de la ysla de La Palma, ya sabéis como los años pasados de mil e quinientos e quarenta y tres y mil e quinientos e quarenta y nuebe, la católica princesa doña Juana, y el emperador y rrey, mis señores abuela y padre, que ayan gloria, por algunas causas que a ello les movieron, acrecentaron en algunos pueblos destos nuestros reynos de la corona de Castilla algunos oficios de escribanos de el número y – de los dichos pueblos, donde se hizo el dicho acrecentamiento fue esa ysla, y ahora – por otras causas que también a ello nos an movido, avemos acrecentado en algunos de los dichos pueblos más oficios de escribanías del número, y entre ellos se acrecentan en esa dicha ysla otras ciertas escribanías del - . Y porque nos avemos hecho nuestro como por la presente la hazemos, a Luis Méndez, - de esa ysla, de una de las dichas escribanías del – que – dicho le acrezentamos en ella. Os mandamos que sea – para el dicho oficio según como lo acostumbráis y debéis hazer a los otros escribanos del número de esa dicha ysla por virtud de la facultad rreal [que] para ello tenéis – y suficiente y concurriendo en su persona las – que se – para tener y servir en la dicha escribanía, le recibáis y admitáis a ella, y le tengáis por nuestro – del número [de la dicha] ysla, y uséis y – con él el dicho oficio siguiendo de manera que lo hazéis [con los otros] escribanos del número de ella con tanto que IlegibleLas dos últimas líneas no se han podido transcribir por su estado de conservación.
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