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El Buscador CADIEM permite explorar y analizar los Libros de Acuerdos del Cabildo
de La Palma (1559–1599), transcritos y editados como un corpus histórico anotado.
Está desarrollado con Tecnología InteLiText, una solución de
procesamiento del lenguaje natural que incorpora inteligencia lingüística a la
búsqueda sobre corpus documentales.
Gracias a InteLiText, el buscador permite realizar consultas por palabras exactas,
lemas, categorías gramaticales, familias léxicas, comodines y distancia entre
términos, así como filtrar los resultados por acta y ajustar su contexto.
Constituye, así, una herramienta de Humanidades Digitales para el estudio de la
historia política, económica, social y administrativa de Canarias en la Edad Moderna.
La tecnología InteLiText ha sido desarrollada por el Instituto Universitario de
Análisis y Aplicaciones Textuales (IATEXT) de la Universidad de Las Palmas de Gran
Canaria, que se encarga igualmente de su investigación y desarrollo tecnológico.
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04/06/1562 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...ACTA_BEGIN 292 En la noble çiudad de Santa Crus que es en esta ysla de La Palma en quatro días del mes de junio de mile e quinientos e sesenta e dos años, en presencia de mi, Pedro de Belmonte, escribano público y del cabildo desta ysla y de los testigos de yuso escritos pareçió el dicho Antón de Solís y dio y traxo por sus fiadores a Marcos de Almao Roberto y Beltrán de Çuloaga, vezinos desta ysla los quales estando presentes dixeron que fian al dicho Antón de Solís y se obligaron el dicho Antón de Solís como principal y los dichos Marcos de Almao Roberto y Beltrán de Çuloaga como sus fiadores y prençipales pagadores y todos de mancónun e a boz de uno e cada uno dellos por sí e por el todo renunciando las leyes de la mancomunidad se obligaron que todo el tiempo que el dicho Antón de Solís tuviese el dicho oficio lo usará bien y fielmente y según que es obligado sin que en él haga cossa yndevida y que del derecho y cargo hará rresidençia cada y quando que por su magestad le fuere mandada haser y en ella estará a derecho así en cargos de pesquisa se resta como en demandas particulares – personalmente estará los treinta días que – y manda y pagará lo que contra él fuere jusgado y sentenciado y si no lo cunplieren si – debaxo de la mancomunidad harán la residencia por el dicho Antón de Solís y pagarán todo aquello que contra él fuere jusgado y sentenciado segúnd que el dicho Antó de Solís es y fuere obligado a lo cunplir e pagar sin que en ello fue – para lo qual renunçiaron qualesquier leyes, fueros y derechos que en su fabor e contra lo que dicho se – le puedan y especialmente renunçiaron bienes y derechos en que diz que general renunciación que usa de Cambio de página […] es tan cumplidamente como si lo que dicho es fuese – e pasada en juicio en tal partes por demás e repuesta e sobre ello fuese dada – dicha – por ello consentida y no apelada e pasada en cosa juzgada e para cumplir e guardar lo – debaxo de la dicha mancomunidad dixeron que obligaban...
04/06/1562 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...o Antó de Solís es y fuere obligado a lo cunplir e pagar sin que en ello fue – para lo qual renunçiaron qualesquier leyes, fueros y derechos que en su fabor e contra lo que dicho se – le puedan y especialmente renunçiaron bienes y derechos en que diz que general renunciación que usa de Cambio de página […] es tan cumplidamente como si lo que dicho es fuese – e pasada en juicio en tal partes por demás e repuesta e sobre ello fuese dada – dicha – por ello consentida y no apelada e pasada en cosa juzgada e para cumplir e guardar lo – debaxo de la dicha mancomunidad dixeron que obligaban y obligaban sus personas y todos sus bienes muebles e rayzes avidos e por aver. Y los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres, testigos que fueron presentes, Juan Lorenço y Pedro Gonçalez e Pedro López, vezinos y estantes en esta ysla. (Firmas: escribano del cabildo, Pedro de Belmonte, Antonio -, Beltran de -, Marcos Dalmau y Roberto) En la noble ciudad de Santa Cruz que...
04/06/1562 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...n juicio en tal partes por demás e repuesta e sobre ello fuese dada – dicha – por ello consentida y no apelada e pasada en cosa juzgada e para cumplir e guardar lo – debaxo de la dicha mancomunidad dixeron que obligaban y obligaban sus personas y todos sus bienes muebles e rayzes avidos e por aver. Y los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres, testigos que fueron presentes, Juan Lorenço y Pedro Gonçalez e Pedro López, vezinos y estantes en esta ysla. (Firmas: escribano del cabildo, Pedro de Belmonte, Antonio -, Beltran de -, Marcos Dalmau y Roberto) En la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de La Palma, en quatro días del mes de junio de mil e quinientos e sesenta e dos años, este día se juntaron a cabildos los magníficos señores el...
04/06/1562 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...s muebles e rayzes avidos e por aver. Y los dichos otorgantes lo firmaron de sus nombres, testigos que fueron presentes, Juan Lorenço y Pedro Gonçalez e Pedro López, vezinos y estantes en esta ysla. (Firmas: escribano del cabildo, Pedro de Belmonte, Antonio -, Beltran de -, Marcos Dalmau y Roberto) En la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de La Palma, en quatro días del mes de junio de mil e quinientos e sesenta e dos años, este día se juntaron a cabildos los magníficos señores el Licenciado Mansilla, teniente e Miguel Lomelin y el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, el bachiller Juan Espino e Luis Álvarez, Baltasar Pérez y Simón García, regidores en presencia de mi, Pedro de Belmonte, escribano público y del cabildo desta dicha ysla. En este ayuntamiento se acordó que se de a Pedro de Alarcón y a Manuel de Brito por el cient doblas dando cédula el dicho Pedro de Alarcón de las dichas cient doblas para que se paguen en la ysla de Tenerife a Juan Antonio Botaço para la paga del trigo e en la dicha ysla e a comprado para el posito...
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Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...os magníficos señores el Licenciado Mansilla, teniente e Miguel Lomelin y el bachiller Francisco Espino, Guillén Lugo de Casaos, el bachiller Juan Espino e Luis Álvarez, Baltasar Pérez y Simón García, regidores en presencia de mi, Pedro de Belmonte, escribano público y del cabildo desta dicha ysla. En este ayuntamiento se acordó que se de a Pedro de Alarcón y a Manuel de Brito por el cient doblas dando cédula el dicho Pedro de Alarcón de las dichas cient doblas para que se paguen en la ysla de Tenerife a Juan Antonio Botaço para la paga del trigo e en la dicha ysla e a comprado para el posito y se cometió al señor Guillén Lugo para que envie la cedula al dicho Juan Antonio Botaço. En este ayuntamiento el señor teniente nombró por alcalde de Sant Andres a Diego Romero, alguasil – y sus señorías lo recibieron por tal alcalde y mandaron que – a hazer la solenidad del juramento que es obligado y que no use el oficio sin que primeramente de las fianças acostumbras. (Firmas: Mansi...
04/06/1562 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Francisco Espino,Guillén Lugo de Casaos,Juan Espino,Luis Álvarez,Baltasar Pérez,Simón García Escribanos: Pedro de Belmonte
...nt doblas dando cédula el dicho Pedro de Alarcón de las dichas cient doblas para que se paguen en la ysla de Tenerife a Juan Antonio Botaço para la paga del trigo e en la dicha ysla e a comprado para el posito y se cometió al señor Guillén Lugo para que envie la cedula al dicho Juan Antonio Botaço. En este ayuntamiento el señor teniente nombró por alcalde de Sant Andres a Diego Romero, alguasil – y sus señorías lo recibieron por tal alcalde y mandaron que – a hazer la solenidad del juramento que es obligado y que no use el oficio sin que primeramente de las fianças acostumbras. (Firmas: Mansilla de Lugo, dos firmas sin identificar) Cambio de página ...
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