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11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...ACTA_BEGIN 420 Jueves, honze de noviembre, 1563 años Este día se juntaron a cabildo el magnífico señor Licenciado Luis de Alarcón, teniente de gobernador desta ysla y los señores Miguel Lomelin, Luis Horozco de Santa Cruz, Guillén Lugo deCasaos, Luis Álvarez e Nicolas Hortes regidores de la dicha ysla y el Licenciado Loreto, fiel executor con boz e boto y entrada en el cabildo por presencia de mi, Diego de Chaves, escribano de su magestad y del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.En este ayuntamiento el señor Guillén Lugo de Casaos, regidor dixo que por las causas que tiene alegadas en un requerimiento que hizo por ante mi el escribano a los señores justicia y regimiento el no es en que el dicho Juan de Villa Padieran vaya a hazer la jornada que de presente va a hazer a la c...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
..., Guillén Lugo deCasaos, Luis Álvarez e Nicolas Hortes regidores de la dicha ysla y el Licenciado Loreto, fiel executor con boz e boto y entrada en el cabildo por presencia de mi, Diego de Chaves, escribano de su magestad y del cabildo de la dicha ysla, y se juntaron en la posada del señor teniente.En este ayuntamiento el señor Guillén Lugo de Casaos, regidor dixo que por las causas que tiene alegadas en un requerimiento que hizo por ante mi el escribano a los señores justicia y regimiento el no es en que el dicho Juan de Villa Padieran vaya a hazer la jornada que de presente va a hazer a la corte de su magestad por este concejo y lo contradize por llevar los negocios que lleva asi contra la ciudad como otros negocios particulares que lleva y protesta que no sea a su cargo e que si todavía fuere y no diere fianças como esta mandado en si por no – viniere algun daño a esta republica que no ser a su cargo e lo pide por testimonio y que las fianças que diere pide que sean que se obligan que el dicho Villa Padierna no hara ni pedirá negocio ninguno en que dañe ni perjudique a la ciudad que si lo pidiere direta o yndiretamente que pierda el salario y que si lo pide e requiere so las protestaciones que en el caso puede e debe hazer, e lo pide por testimonio. E luego los señores teniente e regidores dixeron que acordado – dicho Juan de Villa Padierna de fianças en razón de la jornada que hara hazer y asi mandan -. Cambio de página E luego el señor Luis Horozco de Santa Cruz, regidor dixo que demas de lo que responden los señores regidores que estan bien es...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...e que sean que se obligan que el dicho Villa Padierna no hara ni pedirá negocio ninguno en que dañe ni perjudique a la ciudad que si lo pidiere direta o yndiretamente que pierda el salario y que si lo pide e requiere so las protestaciones que en el caso puede e debe hazer, e lo pide por testimonio. E luego los señores teniente e regidores dixeron que acordado – dicho Juan de Villa Padierna de fianças en razón de la jornada que hara hazer y asi mandan -. Cambio de página E luego el señor Luis Horozco de Santa Cruz, regidor dixo que demas de lo que responden los señores regidores que estan bien es en ello respondiendo a lo que el dicho señor Guillén Lugo de Casaos requiere e dize que el dicho señor Guillén Lugo fue con los demas señores regidores en nom...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...pierda el salario y que si lo pide e requiere so las protestaciones que en el caso puede e debe hazer, e lo pide por testimonio. E luego los señores teniente e regidores dixeron que acordado – dicho Juan de Villa Padierna de fianças en razón de la jornada que hara hazer y asi mandan -. Cambio de página E luego el señor Luis Horozco de Santa Cruz, regidor dixo que demas de lo que responden los señores regidores que estan bien es en ello respondiendo a lo que el dicho señor Guillén Lugo de Casaos requiere e dize que el dicho señor Guillén Lugo fue con los demas señores regidores en nombrar a el dicho Juan de Villa Padierna por mensagero y le dio poder para hazer la dicha jornada el qual vino de la ysla de Canaria para este efeto y esta para embarcarse y estando ansi el dicho señor Guillén Lugo lo contradize porque el dicho Villa Padierna dizen que quiere pedir la escrivania de registros a su magestad porque la tiene su suegro Pedro de Belmonte sin titulo y no ay otra cosa alguna que el dicho Juan de Villa Padierna lleve contra esta ciudad que se sepa y las demas que lleva no son contra el concejo e a jurado e prometido de no hazer cosa alguna contra la ciudad y dello dara fianças y por esto el no tiene recelo ninguno que el dicho Villa Padierna haga cosa alguna contra la ciudad antes lo tiene por hombre de buena conciencia e hara el deber e pide que si estimonio quisiere el dicho señor GuillénLugo no se le de sin esta respuesta y con lo que respondió a el requerimiento que le hizo el dicho señor Guillén Lugo por ante mi el dicho escribano. E luego el señor teniente mando que se salga del cabildo el dicho señor Guillén Lugo de Casaos para tratar de este negocio y salió del. El señor Luis Álvarez, regidor dixo que su parecer es que el dicho Juan de Villa Padierna siga la jornada porque asi conviene a el bien de esta ysla y que solo en...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...aga cosa alguna contra la ciudad antes lo tiene por hombre de buena conciencia e hara el deber e pide que si estimonio quisiere el dicho señor GuillénLugo no se le de sin esta respuesta y con lo que respondió a el requerimiento que le hizo el dicho señor Guillén Lugo por ante mi el dicho escribano. E luego el señor teniente mando que se salga del cabildo el dicho señor Guillén Lugo de Casaos para tratar de este negocio y salió del. El señor Luis Álvarez, regidor dixo que su parecer es que el dicho Juan de Villa Padierna siga la jornada porque asi conviene a el bien de esta ysla y que solo en dos capítulos de los que le estan dados por ynstrucion que son – de la visita de escribano y que se pida nuevo para el lugar de Los Llan...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...señor GuillénLugo no se le de sin esta respuesta y con lo que respondió a el requerimiento que le hizo el dicho señor Guillén Lugo por ante mi el dicho escribano. E luego el señor teniente mando que se salga del cabildo el dicho señor Guillén Lugo de Casaos para tratar de este negocio y salió del. El señor Luis Álvarez, regidor dixo que su parecer es que el dicho Juan de Villa Padierna siga la jornada porque asi conviene a el bien de esta ysla y que solo en dos capítulos de los que le estan dados por ynstrucion que son – de la visita de escribano y que se pida nuevo para el lugar de Los Llanos no es en ellos porque son nuevamente añadidos y que en lo que toca a lo que dize el señor Guillén de la fiança que a de dar el dicho Villa Padierna es con parecer en la de asi de los dineros que se le dan como de que hara los negocios que lleva con toda fidelidad e con diligencia e solicitud que lleve y que en el negocio de Juan de Monteverde no pedirá contra la ciudad cosa alguna ni en otro alguno so pena de perder el salario y que volverá lo que recibiere y que precediendo esto firmara la ynstrucion con que no sea visto firman los dos capítulos de arriba en que declarado tiene que no es ni a sido y con que demas de la fiança haga juramento el dicho Villa Padierna de no entender en el negocio de Juan de Monteverde direta ni yndireta contra esta ciudad ni en otro alguno conta ella e esto es su parecer y lo pide por testimonio. El señor Miguel Lomelin regidor dixo que por todo el cabildo esta acordado que Juan de Villa Padierna vaya a hazer la jornada y negociar todo lo que por ynstrucion le esta mando que haga que haziendola obligación que esta mandado que haga y solicitan de trayendo testimonio de todos los capítulos qu...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...dos capítulos de arriba en que declarado tiene que no es ni a sido y con que demas de la fiança haga juramento el dicho Villa Padierna de no entender en el negocio de Juan de Monteverde direta ni yndireta contra esta ciudad ni en otro alguno conta ella e esto es su parecer y lo pide por testimonio. El señor Miguel Lomelin regidor dixo que por todo el cabildo esta acordado que Juan de Villa Padierna vaya a hazer la jornada y negociar todo lo que por ynstrucion le esta mando que haga que haziendola obligación que esta mandado que haga y solicitan de trayendo testimonio de todos los capítulos que por ynstrucion lleva e les en que vaya y no de otra manera. El señor Nicolas Hortes regidor dixo que conque Juan de Villa Padierna de la fiança que le esta mandado que de que su parecer es que siga la jornada por esta ciudad a corte de su magestad y que no pida otra cosa mas de lo que lleva por ynstrucion y que en lo que dize el señor Guillén Lugo que va a...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...esta acordado que Juan de Villa Padierna vaya a hazer la jornada y negociar todo lo que por ynstrucion le esta mando que haga que haziendola obligación que esta mandado que haga y solicitan de trayendo testimonio de todos los capítulos que por ynstrucion lleva e les en que vaya y no de otra manera. El señor Nicolas Hortes regidor dixo que conque Juan de Villa Padierna de la fiança que le esta mandado que de que su parecer es que siga la jornada por esta ciudad a corte de su magestad y que no pida otra cosa mas de lo que lleva por ynstrucion y que en lo que dize el señor Guillén Lugo que va a negocios contra la ciudad que a el no le consta de ninguno que lleve el dicho Juan de Villa Padieran antes le consta y con juramento a declarado que no ecedera de la ynstrucion y que en lo de la escrivania de los registros que el dicho Villa Padierna pretende aver no lo tiene por negocio de la ciudad si no por – del dicho señor Guillén Lugo e de Pedro de Belmonte su suegro porque si fuera contra la ciudad no fuera – Villa Padieran hiziera la jornada. Cambio de página […] Juan de Villa Padierna siga la jornada porque les – y tiene noticia de los negocios desta ciudad que lleva a cargo porque a començado en corte y los va a concluir y esto entiende que con a el bien desta republica que en todo e por todo negocio lascontenidas en la dicha ynstrucion e...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...strucion y que en lo de la escrivania de los registros que el dicho Villa Padierna pretende aver no lo tiene por negocio de la ciudad si no por – del dicho señor Guillén Lugo e de Pedro de Belmonte su suegro porque si fuera contra la ciudad no fuera – Villa Padieran hiziera la jornada. Cambio de página […] Juan de Villa Padierna siga la jornada porque les – y tiene noticia de los negocios desta ciudad que lleva a cargo porque a començado en corte y los va a concluir y esto entiende que con a el bien desta republica que en todo e por todo negocio lascontenidas en la dicha ynstrucion e asi pide e requiere a el señor – le despache con toda brevedad y esto dixo que responde asi a el dicho requerimiento hecho por el dicho señor Guillén Lugo como a el auto capitular y esto responde. El señor teniente dixo que su merced tiene respondido a el requerimiento del dicho señor Lugo de Casaos y los señores regidores an botado en el dicho Villa Padierna siga la jornada que conformándose con lo botado por la mayor parte de los caballeros del cabildo mando executar lo que e que el dicho...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...ue con a el bien desta republica que en todo e por todo negocio lascontenidas en la dicha ynstrucion e asi pide e requiere a el señor – le despache con toda brevedad y esto dixo que responde asi a el dicho requerimiento hecho por el dicho señor Guillén Lugo como a el auto capitular y esto responde. El señor teniente dixo que su merced tiene respondido a el requerimiento del dicho señor Lugo de Casaos y los señores regidores an botado en el dicho Villa Padierna siga la jornada que conformándose con lo botado por la mayor parte de los caballeros del cabildo mando executar lo que e que el dicho Villa Padierna siga la jornada como esta mando e acordado e que si algun derecho tiene el dicho señor Lugo de Casaos lo pida a quien e como le convenga y su merced le hara justicia. E luego fue llamado y entro en este cabildo el dicho Juan de Villa Padierna que a el fue llamado del qual el señor teniente recibió juramento en forma de derecho y so cargo del prometió de que en la presente jornada que va a hazer hara el deber y lo que es obligado y que en cosa alguna no sera ni p...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...que conformándose con lo botado por la mayor parte de los caballeros del cabildo mando executar lo que e que el dicho Villa Padierna siga la jornada como esta mando e acordado e que si algun derecho tiene el dicho señor Lugo de Casaos lo pida a quien e como le convenga y su merced le hara justicia. E luego fue llamado y entro en este cabildo el dicho Juan de Villa Padierna que a el fue llamado del qual el señor teniente recibió juramento en forma de derecho y so cargo del prometió de que en la presente jornada que va a hazer hara el deber y lo que es obligado y que en cosa alguna no sera ni perjudicara a la ciudad ni será contra ella y que en el negocio de Juan de Monteverde no entenderá contra esta ciudad direta ni yndiretamente – de lo contenido en la ynstrucion por la ciudad salvo en lo que se le encomendare o enviare por ynstrucion despues de – pedirá juez de sacas para los negocios de Yndias so pena de perjuizio y de perder el salario que se le deviere e firmo lo de su nombre y – el despacho e respuesta que lleva del negocio del dicho Juan de Monteverde. (Firmas: Juan de Villa Padierna) E luego volvió e vino a el cabildo el señor Guillén Lugo, regidor el qual se hallo presente a el dicho juramento y el dicho Villa Padierna se salió del cabildo. En este ayuntamiento se mandaron librar de propios dos doblas para ayudar a acabar los despachos de la ci...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...e encomendare o enviare por ynstrucion despues de – pedirá juez de sacas para los negocios de Yndias so pena de perjuizio y de perder el salario que se le deviere e firmo lo de su nombre y – el despacho e respuesta que lleva del negocio del dicho Juan de Monteverde. (Firmas: Juan de Villa Padierna) E luego volvió e vino a el cabildo el señor Guillén Lugo, regidor el qual se hallo presente a el dicho juramento y el dicho Villa Padierna se salió del cabildo. En este ayuntamiento se mandaron librar de propios dos doblas para ayudar a acabar los despachos de la ciudad que a de llevar Juan de Villa Padierna. En este ayuntamiento el señor Miguel Lomelin regidor dixo que no es en lo – ultimo capitulo de la ynstrucion que lleva Villa Padierna que – del vicar...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...e e firmo lo de su nombre y – el despacho e respuesta que lleva del negocio del dicho Juan de Monteverde. (Firmas: Juan de Villa Padierna) E luego volvió e vino a el cabildo el señor Guillén Lugo, regidor el qual se hallo presente a el dicho juramento y el dicho Villa Padierna se salió del cabildo. En este ayuntamiento se mandaron librar de propios dos doblas para ayudar a acabar los despachos de la ciudad que a de llevar Juan de Villa Padierna. En este ayuntamiento el señor Miguel Lomelin regidor dixo que no es en lo – ultimo capitulo de la ynstrucion que lleva Villa Padierna que – del vicario desta ysla porque no le consta de lo en el -. (Firmas: Licenciado Alarcón, Miguel Lomelin, Luis Álvarez, Diego de Chaves, escribano del cabildo). @...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...vió e vino a el cabildo el señor Guillén Lugo, regidor el qual se hallo presente a el dicho juramento y el dicho Villa Padierna se salió del cabildo. En este ayuntamiento se mandaron librar de propios dos doblas para ayudar a acabar los despachos de la ciudad que a de llevar Juan de Villa Padierna. En este ayuntamiento el señor Miguel Lomelin regidor dixo que no es en lo – ultimo capitulo de la ynstrucion que lleva Villa Padierna que – del vicario desta ysla porque no le consta de lo en el -. (Firmas: Licenciado Alarcón, Miguel Lomelin, Luis Álvarez, Diego de Chaves, escribano del cabildo). Cambio de página En la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de La Palma en doze días del mes de noviembre año del señor de mil e quinientos y sesenta y tres años por presencia de nos, Hernan Pe...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...ntamiento el señor Miguel Lomelin regidor dixo que no es en lo – ultimo capitulo de la ynstrucion que lleva Villa Padierna que – del vicario desta ysla porque no le consta de lo en el -. (Firmas: Licenciado Alarcón, Miguel Lomelin, Luis Álvarez, Diego de Chaves, escribano del cabildo). Cambio de página En la noble ciudad de Santa Cruz que es en esta ysla de La Palma en doze días del mes de noviembre año del señor de mil e quinientos y sesenta y tres años por presencia de nos, Hernan Perez, escribano publico y Diego de Chaves escribano de su magestad e del cabildo desta ysla de La Palma e de los testifos de yuso contenidos parescieron Juan de Villa Padierna y Elvira Marquez su mujer como principales e Francisco Hernandez de las Nieves, mercader vezinos desta ysla como su fiador e – pagada la dicha Elvira Marquez con licencia autoridad placer y espreso consentimiento que pidió a el dicho Juan de Villa Padierna para otorgarlo de yuso contenido y el le dio e concedió todos tres juntamente de mancomun e a boz de uno y de cada uno dellos por si ynsolidum y por el todo renunciando como espresamente renunziaron las leyes de duobus resdebendi y el autentica presente de fide jusoribus y el beneficio de la devision e discursion e todas las otras leyes fueros e derechos que son e hablaron en razon de la mancomunidad según que en ellas y en cada una dellas se contiene dixeron que por quanto el dicho Juan de Villa Padiernaa sido e fue nombrado por los señores Justicia y regimiento desta ysla por mensagero della para yr a corte de su magestad a entender negociar y solicitar los negocios que lleva y se le an dado por ynstrucion y por ellos la an dado y dieron quatrocientas doblas las trezientas dellas en cedulas de cambio y ciento en crédito para Sevilla que por la ciudad le dio Juan de Villa Padierna de la manera que dicha es sobre que renunzian la execucion de la ynumerata pecania y leyes de la prueba e haga como en ellas se contiene y le esta mandado dar fianças de que dara quenta con pago de los dichos maravedíes y que hara los negocios que lleva a cargo bien e fielmente como de yuso se hara mincion por tanto que debaxo de la dicha mancomunidad se obligara y prometen que el dicho Juan de Villa Padierna en la presente jornada que por el dicho concejo va a hazer dara quenta con pago cierta leal y verdadera sin fraude alguno de las dichas quatrocientas doblas que asi recibe aya y en como e cada e quando que por parte del dicho concejo le fuere mandado que la de sin retener ni detener en su poder cosa alguna dello e si no la diere cierta con pago e verdadera que ellos o qualquier dellos debaxo de la dicha mancomunidad la darán según e como el dicho Villa Padierna fuere obligado haziendo de deuda agena suya propia sin que sea necesario hazer escursion ni discursion de bienes ni otra diligencia alguna contra el dicho Juan de Villa Padierna otrosi se obligara e prometen que el dicho Juan de Villa Padierna no hara direte ni yndirete negocio alguno en toda la dicha jornada en que perjudique ni venga daño a esta republica por razón de los pedir e negociar ni en manera alguna será contra ella ni en el negocio de Juan de Monteverde de en que no puede entender por aver sido procurador del dicho Juan de Monteverde no hara ni pedirá cosa alguna contra este dicho concejo y lo dara y encomendara e Antonio de Quintela procurador deste concejo para que en el pida lo que convenga y traerá testimonio dello y no exedera ni pedirá por este concejo cosa alguna mas de aquello que lleva por ynstrucion y despues de ydo se le enviare por este dicho concejo y los dichos negocios y cada uno dellos los hara con toda fidelidad deligencia e cuidado de manera que por su causa y negligencia no venga daño alguno a este dicho concejo y si no cumpliere lo que dicho es y en alguna cosa perjudicare o fuere contra el dicho concejo o por su culpa alguna daño le viniere que por el mismo hecho e caso el dicho Juan de Villa Padierna pierda el salario que hasta entonces oviere ganado y se le deviere y que volverá todo aquello que del oviere recebiro de llano en. Cambio de página […] se le recrecieren y por todo ello se les pueda executar en – e bienes e de cada uno dellos y para la execucion e cumplimiento de lo que dicho es dixeron que daban e dieron poder cumplido a las justicias y juezes de su magestad asid esta ysla de La Palma como de otras qualesquier pa...
11/11/1563 Posada del señor teniente 1559-1567
Regidores: Miguel Lomelin,Luis Horozco de Santa Cruz,Guillén Lugo de Casaos,Luis Álvarez,Nicolás Ortes Escribanos: Diego de Chaves
...alguna cosa perjudicare o fuere contra el dicho concejo o por su culpa alguna daño le viniere que por el mismo hecho e caso el dicho Juan de Villa Padierna pierda el salario que hasta entonces oviere ganado y se le deviere y que volverá todo aquello que del oviere recebiro de llano en. Cambio de página […] se le recrecieren y por todo ello se les pueda executar en – e bienes e de cada uno dellos y para la execucion e cumplimiento de lo que dicho es dixeron que daban e dieron poder cumplido a las justicias y juezes de su magestad asid esta ysla de La Palma como de otras qualesquier partes de los reynos e señoríos de su magestad a cuya jurisdicion se someten para que las dichas justicias y cada una dellas les compelan e apremien a el cumplimiento de lo que dicho es bien ansy e tan cumplidamente como si lo que dicho es fuese sentencia difinitiva de juez competente dada en juicio contraditorio contra sus personas e bienes que por ellos fuese pedida e consentida e pasada en cosa juzgada y renunziaron el apelación y suplicación y toda leyes fueros e derechos que en su ayuda e favor sean contra lo que dicho es y especialmente renunziaron la ley e regla del derecho en que diz que genere renunciación de – e para mejor lo cumplir dixeron que obligaban y obligaron sus personas e bienes rayzes e muebles avidos e por aver y la dicha Elvira Marquez por ser mujer dixo que renunciaba e renunzio las leyes de los enperadores Justeniano e Veliano y el jurisidcion consultas e la nueva constitución y leyes de Toro que son e hablar su favor e ayuda de las muferes para no – aprovechar dellas en esta razón por quanto de su efeto y remedio – avisada en especial por el escribano desta carta ante los testigos della e asi avisada las renuncia e – para – firmeza desta escritura juraba e juro por dios nuestro señor e por santa Maria e por la señal de la cruz e por las palabras delos santos evangelios de no yr ni venir contra esta escritura diziendo que para la – fue – ni apremiada ni que se le hizo fuerça por el dicho su marido ni por otra persona alguna en publico ni en secreto ni que ante de la aver hecho la tiene reclamada ni hecho contra ella ninguna reclamación ni protestación ni alguna contra ella otro ningun remedio aunque le competa ni pedirá beneficio de restitución e – dixiendo que será menor de veinte e cinco años ni a el ganado tenga – ni bienes multiplicados ni hereditarios ni se opondrá a la execucion execuciones que por – della se hiziere en sus bienes ni pedirá absolución ni relaxacion deste juramento a nuestro santo padre ni a otro juez ni perlado que para ello tenga poder e si lo pidiere o de – le fuere concedida no usara della en esta razón so pena de perjura ynforme e – e de caer en caso de menos valer e a la conclusión del dicho juramento dixo si juro e – y los dichos Juan de Villa Padierna y Francisco Hernández lo firmaron de sus nombres en este libro capitular y por que la dicha Elvira Marquez dixo que no sabia escrevir a su ruego – firmo uno de los testigos testigos Sic que fueron presentes a lo que dicho e Cristobál – e Juan Yanes, carnicero y Antonio Rodriguez, sastre, vezinos y estantes en esta dicha ysla de La Palma, -. (Firmas: Diego de Chaves, escribano del cabildo, Francisco -, Cristobal Carrillos, Juan de Villa Padierna, Hernan Pérez, escribano público). Cambio de página ...